Votos y nietos
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«Que el procedimiento de elección de los representantes venga revestido,
desde e
l inicio hasta el final, de las necesarias garantías de transparencia y objetividad,
en su aplicación práctica, junto con la vigencia del principio de igualdad,
constituye un pilar esencial del Estado de Derecho».

Auto del Tribunal Supremo, 12 octubre 2026

De «cuestión previa» –hay que entender que prioritaria respecto a cualquier otra– califica el Tribunal tan solemne afirmación, antes de que salgan a relucir otras, tanto en la argumentación de la abrumadora mayoría de cinco como en el minoritario voto particular. De ponente, nada menos de D. Antonio Narváez, con el que tuve el honor de compartir durante años tareas, que me permiten certificar su rigor y su probada imparcialidad, al haber sido testigo de que es capaz de defender una ponencia y, tras oír argumentos minoritarios discrepantes, cambiar decididamente de opinión.

El lamentable problema planteado por un miembro secundario del Gobierno, que se atrevió a modificar, por sí y ante sí, nada menos que una ley aprobada por las Cortes, por lo que se ha visto acusada de prevaricación, puede llevar a falsa idea de que nos encontramos ante un dilema que un italiano –mal hablado– no dudaría en calificar como «cornuto».

Vaya por delante que, por el momento, no hay aún dilema alguno, porque nos hallamos en una fase cautelar, sin que el Supremo haya entrado todavía en el fondo del asunto. Cuestión distinta es que más de un medio haya elucubrado sobre la posibilidad que el Tribunal Constitucional, llevado quizá por la inercia, anulara su auto suspensivo y diera vía libre al desmadre.

Comprendo que el presidente del Constitucional se haya quejado doloridamente de que se cuestione a su Tribunal y, con ello, a la democracia misma; pero quizá habría de reflexionar sobre por qué florecen tales elucubraciones, acompañadas de no pocas sorpresas porque el Constitucional acabe estando de acuerdo en un tema polémico con el Supremo. Quizá se esté convirtiendo en verosímil aquella poco oportuna boutade de un antiguo miembro del Constitucional: «Tribunal Supremo en España hay solo uno y no se llama así».

Podría en efecto parecer que estamos abocados a que haya una riada de votos que no reúnan los requisitos previstos por las Cortes, sino emitidos desde el gobierno, o en dejar sin votos a nietos dudosamente nacionalizados españoles, dando paso al presunto escándalo de que un presunto español no pueda votar. Escándalo que demuestra una ignorancia supina de la legalidad, porque –por muy español que sea– un no residente está privado de voto en elecciones municipales, mientras un no español pero sí residente puede ser alcalde, con lo que la aplastante identificación español-voto se queda en nada, al estar el voto sujeto a requisitos legales.

El asunto recuerda la situación de aquellos futbolistas, presuntamente «oriundos» de nuestro país, que florecieron cuando había límites para contratar extranjeros. El resultado ya calculado es que no faltarían mesas en las que el número de no residentes dudosos repescados supere al de residentes, dada la adscripción territorial a la carta.

En todo caso, el presunto dilema sigue siendo falso, porque no son dos sino tres los elementos en juego. En efecto, el auto señala que «la legitimidad democrática de los representantes elegidos por el voto de los ciudadanos puede ser puesta en entredicho si existe la más mínima duda de irregularidad». Esto afecta tanto a no residentes en regla, sin problemas para votar, como a los cuestionados con el voto en vilo; pero el ámbito de perjudicados se extiende a un tercer grupo notablemente más amplio, como señala el auto: «afecta a todos los demás ciudadanos ajenos a la causa».

Estos últimos le traen sin cuidado a la votante particular, que se aferra al dilema y, suscribiendo el dogma español-voto, da prioridad a los cuestionados, sin preocuparle el efecto de sus votos, si son a posteriori considerados ilegales. Sus lamentos sobre la situación de esos presuntos españoles acaban resaltando un último hecho: aunque la famosa instructora, generadora del problema, no hubiera sido instruida por quien –a sabiendas y sin necesidad– ha precipitado las elecciones, este no solo era un privilegiado conocedor de la situación, sino que se ha mostrado incapaz de evitar la torpeza de sus ministros, que se han visto amenazados con consecuencias penales, al boicotear las exigencias judiciales destinadas a solventarla. Andrés Ollero

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